Por: La abogada de inmigración, Liliana Torres Valencia de la firma Probinsky and Cole.
Durante estos tiempos de incertidumbre económica a causa del Coronavirus, es muy importante que usted mantenga su permiso de trabajo valido. El permiso de trabajo no solo le permite conseguir trabajo en los Estados Unidos, sino también mantenerse empleado y renovar su licencia de conducir.
Planee la renovación de su permiso de trabajo a tiempo! Usted puede solicitar la renovación de su permiso de trabajo dentro de los 180 días antes de la fecha de vencimiento. Si usted aún cumple con los requisitos para recibir una autorización de empleo pero su tarjeta de permiso de trabajo va a vencer o ya esta vencida, debe solicitar la renovación del permiso de trabajo por medio de un nuevo Formulario I-765 junto con la tarifa requerida (si es requierido). Alguna de las categorías están exentas de la tarifa requerida. Si usted no va a usar los servicios legales de un abogado de inmigración, recomiendo que revise cautelosamente las instrucciones suministradas por los Servicios de Inmigración y Naturalización de los Estados Unidos en uscis.gov/es/formularios/i-765 antes presentar su aplicación.
También es importante mencionar que la renovación de permiso de trabajo automática por un máximo de 180 días no aplican para todas las categorías de permiso de trabajo. Esta extensión aplica únicamente para las solicitudes de renovación de Formularios I-765 de ciertas categorías, tales como, refugiados, asilados, TPS, Otorgamiento de Posposición de Deportación o Remoción, Solicitud de Asilo en Trámite, Ajuste de Estatus bajo la Sección 245 de la Ley en Trámite, VAWA, Legalización bajo LIFE, entre otros.
Consulte a un abogado de inmigración para discutir su caso antes de presentar LA renovación de su permiso de trabajo. Para mas información consúltenos al 813.817.1197 o escribanos su pregunta a immigration@probinskylaw.com.