Acción diferida (DACA)

Acción diferida (DACA)2021-04-16T16:52:42+00:00

Información Importante Acerca de las Peticiones de DACA:

USCIS no esta aceptando peticiones de personas a quienes nunca antes se les había otorgado la acción diferida bajo DACA. USCIS si acepta renovaciones de DACA y podemos ayudarlo a obtener su renovación y permiso de trabajo.

Requisitios para renovar su DACA:

Usted podría solicitar una renovación si cumple con los requisitos iniciales de DACA de 2012 y:

  • No ha salido de los Estados Unidos sin un permiso de viaje en o después del 15 de agosto de 2012.
  • Ha residido continuamente en los Estados Unidos desde que presentó su petición más reciente de DACA que le fuera aprobada y
  • No ha sido convicto de un delito grave, un delito menor significativo o tres o más delitos menores, o no es de alguna otra forma una amenaza para la seguridad nacional o la seguridad pública.

Perdones provisionales de presencia ilegal:

Desde el 4 de marzo de 2013, ciertos solicitantes de visa de inmigrante que son parientes inmediatos (cónyuges, hijos y padres) de ciudadanos estadounidenses pueden solicitar exenciones provisionales de presencia ilegal antes de salir de los Estados Unidos para su entrevista consular. El 29 de agosto de 2016, el proceso provisional de exención de presencia ilegal se amplió a todas las personas legalmente elegibles para una visa de inmigrante y una exención de inadmisibilidad por presencia ilegal en los Estados Unidos.

El proceso provisional de exención de presencia ilegal permite a las personas que son legalmente elegibles para en el empleo, así como los seleccionados de Visa de Diversidad); quienes solo necesitan una exención de inadmisibilidad por presencia ilegal para solicitar esa exención en los Estados Unidos antes de partir para su entrevista de visa de inmigrante.

Este nuevo proceso se desarrolló para acortar el tiempo en que los ciudadanos estadounidenses y los miembros de la familia de residentes permanentes legales están separados de sus parientes mientras esos familiares obtienen visas de inmigrantes para convertirse en residentes permanentes legales de los Estados Unidos.

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Quien califica?

Para ser elegible para una exención provisional de presencia ilegal, debe ser una persona indocumentada que haya residido ilegalmente en los Estados Unidos durante al menos 180 días y que sean:

  • Los hijos de ciudadanos estadounidenses; o
  • El cónyuge e hijos o hijas de residentes permanentes legales
  • Cumplir con todos los demás requisitos para la exención provisional de presencia ilegal.

Opciones Discrecionales para Militares, Nuevos Reclutas y sus Familias

Permiso de Permanencia en el Pais (“Parole-In-Place”):

Inmigracion podria conceder discrecionalmente un permiso de permanencia temporal en el país (“parole in place”) por razones humanitarias urgentes o de beneficio público significativo. Usted puede ser elegible al permiso de permanencia temporal en el país en incrementos de un año si es el cónyuge, viudo(a), padre/madre o hijo(a) de:

  • Un miembro en servicio activo de las Fuerzas Armadas de EE.UU.;
  • Un miembro de la Fuerza Seleccionada de la Reserva de las Fuerzas Armadas; o
  • Una persona (viva o fallecida) que sirvió previamente en servicio activo de la Fuerza Seleccionada de la Reserva y no fue separado deshonorablemente.

Si usted entró a EE.UU. legalmente, pero permaneció en el país más allá del tiempo establecido por su visa (o está en Estados Unidos más allá de su período de estadía autorizada), usted no es elegible para obtener el permiso de permanencia temporal en el país (“parole in place”) porque no es un solicitante de admisión. Sin embargo, puede ser elegible para la acción diferida.

Acción diferida:

La acción diferida es una forma de discreción procesal para diferir la remoción (deportación) de una persona por un período de tiempo específico. Si Inmigracion aprueba su acción diferida, el Departamento de Seguridad Nacional considerara que usted está presente en EE.UU. legalmente por el período en que la acción diferida fue aprobada. Se debe tener en cuenta que la acción diferida no confiere un estatus legal, ni le excusa de cualquier período de presencia ilegal presente o futura.

Bajo las reglamentaciones existentes, si su caso ha sido diferido, usted es elegible para solicitar la autorización de empleo por el período de acción diferida, si puede demostrar “necesidad económica de empleo”. DHS, a discreción, puede cancelar la acción diferida en cualquier momento.

Usted puede ser elegible a la acción diferida en incrementos de dos años si es el cónyuge, viudo(a), padre/madre o hijo(a) de:

  • Un miembro activo de las Fuerzas Armadas de EE.UU.;
  • Una persona en la Fuerza Seleccionada de la Reserva; o
  • Una persona (viva o fallecida) que sirvió previamente en servicio activo en la Fuerza Seleccionada de la Reserva y no ha sido separado deshonorablemente.
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