La visa U fue creada por la Ley de Protección de Víctimas de Trata y Violencia del 2000 para proteger a ciertas víctimas de delitos no ciudadanos que ayudan o están dispuestos a ayudar en la investigación o el enjuiciamiento de un delito penal. Una visa U le otorga permiso a la víctima para vivir y trabajar en los Estados Unidos y puede resultar en la desestimación de cualquier caso en un tribunal de inmigración presentado contra el no ciudadano.
Las solicitudes de visa U pendientes y otorgadas son elegibles para recibir un permiso de trabajo. Los solicitantes que solicitan visas U dentro de los Estados Unidos reciben automáticamente la autorización de trabajo cuando se aprueba la solicitud. Los miembros de la familia incluidos en la solicitud de la víctima son elegibles para solicitar un permiso de trabajo si de alguna manera son elegibles para trabajar.
Para calificar para una visa U, un no ciudadano:
- Debe haber sufrido “abuso físico o mental sustancial” como resultado de ser víctima de cierta actividad criminal. La actividad criminal debe haber violado las leyes de los Estados Unidos o haber ocurrido en los Estados Unidos o en uno de sus territorios o posesiones;
- Debe poseer información sobre la actividad criminal;
- Debe ser útil, haber sido útil o probable que sea útil para una investigación o enjuiciamiento federal, estatal o local de la actividad criminal.
- Debe obtener una certificación de un oficial de la ley, fiscal, juez, Departamento de Seguridad Nacional (DHS) u otras autoridades federales o estatales que investigan o procesan la actividad criminal; y
- Debe ser admisible bajo la ley de inmigración o debe calificar para una exención de inadmisibilidad.
Una visa U es válida por hasta cuatro años. Puede extenderse si la agencia de aplicación de la ley certificante confirma que el titular de la visa U debe permanecer en los Estados Unidos para ayudar en la investigación o el enjuiciamiento.
Después de tres años de presencia continua en los Estados Unidos, el titular de una visa U es elegible para solicitar el estatus LPR si cumple con ciertos requisitos; no se ha negado a brindar asistencia en la investigación penal o enjuiciamiento; y puede demostrar que permanecer en el país está relacionado con la necesidad humanitaria, promoverá la unidad familiar o es de interés público. No hay límite numérico en el número de titulares de visa U que pueden ajustarse al estado de LPR por año.
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